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Y para Rivares, Ranera, Chuaquin Bernal..
pues yo me asusté, lo reconozco, porque se hablaba de nulidad y eso significaba que había habido un defecto muy gordo. Me alegro que vaya para adelante porque lo que e parece una barbaridad es que en 70 años no se haya remodelado o construido un estadio nuevo.
Alaaa... no nos jodas la tarde¡
Igual me equivoco ,algunos sabrán mejor como funcionan los asuntos judiciales , pero creo que esos tramites y recursos conllevan unos gastos , que no se hasta que punto les interesaría seguir adelante y alegar .
Yo prefiero ir a un campo nuevo y que siga estando en La Romareda que no me cae lejos, lo que no veo es que haya que alegrarse mucho, el tema no está cerrado y seguro que nos quedan más capítulos, recursos, parones y mil historias más.
Hey!! Forofo no ve que haya que alegrarse mucho. Qué sorpresa!! Pues nada oye iremos preparando las cuchillas para cortarnos las venas.EL FOROFO escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 5:12 pmYo prefiero ir a un campo nuevo y que siga estando en La Romareda que no me cae lejos, lo que no veo es que haya que alegrarse mucho, el tema no está cerrado y seguro que nos quedan más capítulos, recursos, parones y mil historias más.
Vaya hostión que le mete al TACPAmilitosalpoder escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 10:38 am“Lo cierto es que se perdería una gran oportunidad de aprovechamiento del contrato y de sus efectos, con el consiguiente perjuicio para el posible adjudicatario, que perdería un evento importante para la ciudad, de los que de por sí suponen una buena publicidad. Lógicamente retrae a posibles postulantes”, dice el auto.
El TSJA subraya “los efectos gravemente dañosos” que se producirían de no atenderse las medidas cautelares, entre los que cita la posibilidad de “llegar a malograrse el contrato por pérdida de un importante atractivo inicial”. Destaca además “el clarísimo interés general” y “la relevancia de la apariencia de buen derecho frente a un acto sobre el que pesan fortísimos indicios de nulidad por falta de competencia” de Tacpa para anular los pliegos.
Rechaza el argumento del recurso de Podemos, que sostiene que si finalmente se confirmara la decisión del Tacpa se podría causar un daño "irreparable” al estar en construcción el campo. Según el TSJA, el campo no va a estar en obras hasta mediados de 2024, por lo que "hay tiempo para tramitar el procedimiento y dictar sentencia”.
Los plazos del Mundial son en cualquier caso claves en la decisión. El TSJA recuerda que el plazo de presentación de ofertas acaba en septiembre y que a finales de octubre se inicia el proceso de selección de sedes. Los magistrados consideran que “una situación de indeterminación impediría la presentación de una candidatura viable de Zaragoza”
Para el TSJA, el interés general de la operación del estadio “es obvio”, dado que el campo de fútbol “está muy deteriorado”. Recuerda que resulta “inhábil” para las altas competiciones y que ya ha habido tres intentos previos de construir un nuevo equipamiento deportivo. “Hay interés de la ciudadanía, no solo de los socios y de los aficionados, en contar con un campo moderno”, afirma. En el auto se destaca también “la importante inversión, que no tendría que hacer el Ayuntamiento”.
Uno de los aspectos importantes en un auto de medidas cautelares es la apariencia de buen derecho, es decir, que el asunto motivo del pleito tiene visos de sostenerse jurídicamente. Sin entrar en el fondo del asunto, el auto es casi un anticipo de la sentencia: el TSJA considera que el recurso presentado por el Ayuntamiento de Zaragoza a la decisión del Tacpa tiene visos de prosperar.
Y expresa diversos argumentos. El primero es que, en contra de lo que sostiene el Tacpa y Podemos, que la operación en cuestión consiste en la cesión de un derecho de superficie para un bien determinado, por lo que se trataría de una cuestión del ámbito privado: sería por tanto un contrato patrimonial, no una concesión de obras, por lo que el Tribunal de Contratos no podría actuar.
En este sentido, concluye que, como ha repetido el Ayuntamiento, “el Tacpa carece de competencia para conocer el recurso”. “Se trata de un campo que ya ni siquiera es equipamiento deportivo público, sino privado, y cuyo pase a tal condición no fue recurrido y ya es firme”, dice el auto.
Varapalo al Tacpa
El auto supone un duro varapalo para el Tacpa, que expresó dudas de que fuera un contrato patrimonial. En cualquier caso, este organismo, dependiente de la DGA, procedió a la anulación de la operación, además de instar al Ayuntamiento a publicar de nuevo los pliegos de condiciones. Considera que se ha producido “un error insoslayable”, dado que “en los casos que resulten dudosos, la competencia va inexorablemente unida al fondo”.
“Si no hay competencia, no puede pronunciarse sobre el fondo y si el fondo determina que no hay contrato administrativo susceptible de recurso ante el Tacpa, ello impide reconocer su propia competencia”, concluye. Esto significa que para poder pronunciarse sobre el asunto, el Tacpa, un órgano administrativo dependiente de la DGA, debería considerarse “de modo inequívoco” que está ante un contrato” de su competencia, algo que no hizo.
Para el TSJA, el Tacpa “debería haberse declarado incompetente por no poder determinar la concurrencia del presupuesto esencial de su propia competencia, la condición de contrato administrativo”. Recuerda que en su relación el mencionado organismo autonómico no pudo determinar el valor de las contraprestaciones, por lo que en ningún caso pudo calificar a priori el contrato como patrimonial.
Indica por otro lado que si tenía dudas podía haber requerido al Ayuntamiento que llevase a cabo la valoración. Rechaza por tanto la actuación del Tacpa, que "sin saber (...) si es competente, se declara implícitamente competente y resuelve anulando la resolución".
"Sorprendentemente e incongruentemente, tal ausencia de cálculo de valor de las construcciones no le ha impedido hacer esa función revisora y anular el acto impugnado", dice el auto sobre la actuación del Tacpa.
Y yo solo espero que la sentencia que en su día se dicte condene en costas a Rivares y compañía. Seguro se le quitan las ganas para la próxima vez.Roger de Flor escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 5:44 pmVaya hostión que le mete al TACPAmilitosalpoder escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 10:38 am“Lo cierto es que se perdería una gran oportunidad de aprovechamiento del contrato y de sus efectos, con el consiguiente perjuicio para el posible adjudicatario, que perdería un evento importante para la ciudad, de los que de por sí suponen una buena publicidad. Lógicamente retrae a posibles postulantes”, dice el auto.
El TSJA subraya “los efectos gravemente dañosos” que se producirían de no atenderse las medidas cautelares, entre los que cita la posibilidad de “llegar a malograrse el contrato por pérdida de un importante atractivo inicial”. Destaca además “el clarísimo interés general” y “la relevancia de la apariencia de buen derecho frente a un acto sobre el que pesan fortísimos indicios de nulidad por falta de competencia” de Tacpa para anular los pliegos.
Rechaza el argumento del recurso de Podemos, que sostiene que si finalmente se confirmara la decisión del Tacpa se podría causar un daño "irreparable” al estar en construcción el campo. Según el TSJA, el campo no va a estar en obras hasta mediados de 2024, por lo que "hay tiempo para tramitar el procedimiento y dictar sentencia”.
Los plazos del Mundial son en cualquier caso claves en la decisión. El TSJA recuerda que el plazo de presentación de ofertas acaba en septiembre y que a finales de octubre se inicia el proceso de selección de sedes. Los magistrados consideran que “una situación de indeterminación impediría la presentación de una candidatura viable de Zaragoza”
Para el TSJA, el interés general de la operación del estadio “es obvio”, dado que el campo de fútbol “está muy deteriorado”. Recuerda que resulta “inhábil” para las altas competiciones y que ya ha habido tres intentos previos de construir un nuevo equipamiento deportivo. “Hay interés de la ciudadanía, no solo de los socios y de los aficionados, en contar con un campo moderno”, afirma. En el auto se destaca también “la importante inversión, que no tendría que hacer el Ayuntamiento”.
Uno de los aspectos importantes en un auto de medidas cautelares es la apariencia de buen derecho, es decir, que el asunto motivo del pleito tiene visos de sostenerse jurídicamente. Sin entrar en el fondo del asunto, el auto es casi un anticipo de la sentencia: el TSJA considera que el recurso presentado por el Ayuntamiento de Zaragoza a la decisión del Tacpa tiene visos de prosperar.
Y expresa diversos argumentos. El primero es que, en contra de lo que sostiene el Tacpa y Podemos, que la operación en cuestión consiste en la cesión de un derecho de superficie para un bien determinado, por lo que se trataría de una cuestión del ámbito privado: sería por tanto un contrato patrimonial, no una concesión de obras, por lo que el Tribunal de Contratos no podría actuar.
En este sentido, concluye que, como ha repetido el Ayuntamiento, “el Tacpa carece de competencia para conocer el recurso”. “Se trata de un campo que ya ni siquiera es equipamiento deportivo público, sino privado, y cuyo pase a tal condición no fue recurrido y ya es firme”, dice el auto.
Varapalo al Tacpa
El auto supone un duro varapalo para el Tacpa, que expresó dudas de que fuera un contrato patrimonial. En cualquier caso, este organismo, dependiente de la DGA, procedió a la anulación de la operación, además de instar al Ayuntamiento a publicar de nuevo los pliegos de condiciones. Considera que se ha producido “un error insoslayable”, dado que “en los casos que resulten dudosos, la competencia va inexorablemente unida al fondo”.
“Si no hay competencia, no puede pronunciarse sobre el fondo y si el fondo determina que no hay contrato administrativo susceptible de recurso ante el Tacpa, ello impide reconocer su propia competencia”, concluye. Esto significa que para poder pronunciarse sobre el asunto, el Tacpa, un órgano administrativo dependiente de la DGA, debería considerarse “de modo inequívoco” que está ante un contrato” de su competencia, algo que no hizo.
Para el TSJA, el Tacpa “debería haberse declarado incompetente por no poder determinar la concurrencia del presupuesto esencial de su propia competencia, la condición de contrato administrativo”. Recuerda que en su relación el mencionado organismo autonómico no pudo determinar el valor de las contraprestaciones, por lo que en ningún caso pudo calificar a priori el contrato como patrimonial.
Indica por otro lado que si tenía dudas podía haber requerido al Ayuntamiento que llevase a cabo la valoración. Rechaza por tanto la actuación del Tacpa, que "sin saber (...) si es competente, se declara implícitamente competente y resuelve anulando la resolución".
"Sorprendentemente e incongruentemente, tal ausencia de cálculo de valor de las construcciones no le ha impedido hacer esa función revisora y anular el acto impugnado", dice el auto sobre la actuación del Tacpa.
Pero tu contestas a lo que te parece un ataque politico, a mi que no he insultado ni me veras hacerlo a Rivares pero no me parece que atacarlo por esto sea algo politico, el hecho es que Rivares con sus actos y declaraciones ha demostrado muchas veces su inquina hacia el Real Zaragoza,tu contestas con otra soflama politica en la que ademas ya que nos ponemos faltas a la verdad ya que no, la mitad de los zaragozanos no han votado a lo que tu llamas izquierda, un 51 % han votado a lo que llamas derecha y un 44 a lo que llamas izquierda. 7% de diferencia es mucha diferencia.Ludwigzgz escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 9:49 amEstoy diciendo que no se debe hablar de política (pero ni a favor o en contra de unos ni de otros) fuera del foro de política. ¿Por eso me revuelvo y soy mal zaragocista?juanchopl87 escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 9:40 amAlgunos os revolvéis en cuanto oís buenas noticias para el real zaragoza cuando se supone sois aficionados del real zaragoza.
En serio crees que Rivares tiene un bajo coeficiente intelectual? a mi me parece que por motivación politica y creo que auspiciado por el PSOE tambien por el mismo motivo presentó un recurso para fastidiar al rival y como daño colateral fastidio al club, no creo que sea por estupidez ni mucho menos.javiermzn escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 12:56 pmcorrecto, vamos a sustituir lo de subnormal por lo de discapacitado intelectual, o persona de bajo coeficientelliti escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 12:11 pmQue piel tan fina tiene la gente hoy en día... Y que poca visión de futuro al anteponer ideales (algo muy propio de Rivares y su grupo) a una inversión privada de 150 millones de Euros en nuestra ciudad con posibilidad de ser sede de mundial.Quiza llamarle subnormal no sea lo correcto pero desde luego habría que echarle de zgza a paradas en el culo por tener la mala baba de obstaculizar algo así.Ludwigzgz escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 9:23 am
¿El subnormal de Rivarés? menos mal que en AZ hay un hilo de política para hablar de política. ¿Hay algún hilo para insultar a políticos?.
¿Cómo puede haber desaparecido "el hilo del Estadio"? ¿Dónde se podrá ahora insultar a los políticos de izquierda, esos que votan la mitad de los españoles, aragoneses y zaragozanos? Bueno, y también donde poder insultar a los votantes españoles, aragoneses y zaragozanos de los políticos de izquierda, "sus plañideras"
¿como van a condenar a nada a Rivares? pero si el TACPA le dio la razón ademas un recurso administrativo, que no judicial, nunca puede ser condenado a nada, aunque con las multas de trafico aunque no de iure pero si de facto es como si te condenaran a pagar costas si presentas recurso ya que pierdes el derecho a la bonificacion pero ese es otro tema muy distinto.Volveraempezar escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 6:06 pmY yo solo espero que la sentencia que en su día se dicte condene en costas a Rivares y compañía. Seguro se le quitan las ganas para la próxima vez.Roger de Flor escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 5:44 pmVaya hostión que le mete al TACPAmilitosalpoder escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 10:38 am“Lo cierto es que se perdería una gran oportunidad de aprovechamiento del contrato y de sus efectos, con el consiguiente perjuicio para el posible adjudicatario, que perdería un evento importante para la ciudad, de los que de por sí suponen una buena publicidad. Lógicamente retrae a posibles postulantes”, dice el auto.
El TSJA subraya “los efectos gravemente dañosos” que se producirían de no atenderse las medidas cautelares, entre los que cita la posibilidad de “llegar a malograrse el contrato por pérdida de un importante atractivo inicial”. Destaca además “el clarísimo interés general” y “la relevancia de la apariencia de buen derecho frente a un acto sobre el que pesan fortísimos indicios de nulidad por falta de competencia” de Tacpa para anular los pliegos.
Rechaza el argumento del recurso de Podemos, que sostiene que si finalmente se confirmara la decisión del Tacpa se podría causar un daño "irreparable” al estar en construcción el campo. Según el TSJA, el campo no va a estar en obras hasta mediados de 2024, por lo que "hay tiempo para tramitar el procedimiento y dictar sentencia”.
Los plazos del Mundial son en cualquier caso claves en la decisión. El TSJA recuerda que el plazo de presentación de ofertas acaba en septiembre y que a finales de octubre se inicia el proceso de selección de sedes. Los magistrados consideran que “una situación de indeterminación impediría la presentación de una candidatura viable de Zaragoza”
Para el TSJA, el interés general de la operación del estadio “es obvio”, dado que el campo de fútbol “está muy deteriorado”. Recuerda que resulta “inhábil” para las altas competiciones y que ya ha habido tres intentos previos de construir un nuevo equipamiento deportivo. “Hay interés de la ciudadanía, no solo de los socios y de los aficionados, en contar con un campo moderno”, afirma. En el auto se destaca también “la importante inversión, que no tendría que hacer el Ayuntamiento”.
Uno de los aspectos importantes en un auto de medidas cautelares es la apariencia de buen derecho, es decir, que el asunto motivo del pleito tiene visos de sostenerse jurídicamente. Sin entrar en el fondo del asunto, el auto es casi un anticipo de la sentencia: el TSJA considera que el recurso presentado por el Ayuntamiento de Zaragoza a la decisión del Tacpa tiene visos de prosperar.
Y expresa diversos argumentos. El primero es que, en contra de lo que sostiene el Tacpa y Podemos, que la operación en cuestión consiste en la cesión de un derecho de superficie para un bien determinado, por lo que se trataría de una cuestión del ámbito privado: sería por tanto un contrato patrimonial, no una concesión de obras, por lo que el Tribunal de Contratos no podría actuar.
En este sentido, concluye que, como ha repetido el Ayuntamiento, “el Tacpa carece de competencia para conocer el recurso”. “Se trata de un campo que ya ni siquiera es equipamiento deportivo público, sino privado, y cuyo pase a tal condición no fue recurrido y ya es firme”, dice el auto.
Varapalo al Tacpa
El auto supone un duro varapalo para el Tacpa, que expresó dudas de que fuera un contrato patrimonial. En cualquier caso, este organismo, dependiente de la DGA, procedió a la anulación de la operación, además de instar al Ayuntamiento a publicar de nuevo los pliegos de condiciones. Considera que se ha producido “un error insoslayable”, dado que “en los casos que resulten dudosos, la competencia va inexorablemente unida al fondo”.
“Si no hay competencia, no puede pronunciarse sobre el fondo y si el fondo determina que no hay contrato administrativo susceptible de recurso ante el Tacpa, ello impide reconocer su propia competencia”, concluye. Esto significa que para poder pronunciarse sobre el asunto, el Tacpa, un órgano administrativo dependiente de la DGA, debería considerarse “de modo inequívoco” que está ante un contrato” de su competencia, algo que no hizo.
Para el TSJA, el Tacpa “debería haberse declarado incompetente por no poder determinar la concurrencia del presupuesto esencial de su propia competencia, la condición de contrato administrativo”. Recuerda que en su relación el mencionado organismo autonómico no pudo determinar el valor de las contraprestaciones, por lo que en ningún caso pudo calificar a priori el contrato como patrimonial.
Indica por otro lado que si tenía dudas podía haber requerido al Ayuntamiento que llevase a cabo la valoración. Rechaza por tanto la actuación del Tacpa, que "sin saber (...) si es competente, se declara implícitamente competente y resuelve anulando la resolución".
"Sorprendentemente e incongruentemente, tal ausencia de cálculo de valor de las construcciones no le ha impedido hacer esa función revisora y anular el acto impugnado", dice el auto sobre la actuación del Tacpa.
Y ahira quien asume responsabilidades de esa chapuza del TACPA?Roger de Flor escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 5:44 pmVaya hostión que le mete al TACPAmilitosalpoder escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 10:38 am“Lo cierto es que se perdería una gran oportunidad de aprovechamiento del contrato y de sus efectos, con el consiguiente perjuicio para el posible adjudicatario, que perdería un evento importante para la ciudad, de los que de por sí suponen una buena publicidad. Lógicamente retrae a posibles postulantes”, dice el auto.
El TSJA subraya “los efectos gravemente dañosos” que se producirían de no atenderse las medidas cautelares, entre los que cita la posibilidad de “llegar a malograrse el contrato por pérdida de un importante atractivo inicial”. Destaca además “el clarísimo interés general” y “la relevancia de la apariencia de buen derecho frente a un acto sobre el que pesan fortísimos indicios de nulidad por falta de competencia” de Tacpa para anular los pliegos.
Rechaza el argumento del recurso de Podemos, que sostiene que si finalmente se confirmara la decisión del Tacpa se podría causar un daño "irreparable” al estar en construcción el campo. Según el TSJA, el campo no va a estar en obras hasta mediados de 2024, por lo que "hay tiempo para tramitar el procedimiento y dictar sentencia”.
Los plazos del Mundial son en cualquier caso claves en la decisión. El TSJA recuerda que el plazo de presentación de ofertas acaba en septiembre y que a finales de octubre se inicia el proceso de selección de sedes. Los magistrados consideran que “una situación de indeterminación impediría la presentación de una candidatura viable de Zaragoza”
Para el TSJA, el interés general de la operación del estadio “es obvio”, dado que el campo de fútbol “está muy deteriorado”. Recuerda que resulta “inhábil” para las altas competiciones y que ya ha habido tres intentos previos de construir un nuevo equipamiento deportivo. “Hay interés de la ciudadanía, no solo de los socios y de los aficionados, en contar con un campo moderno”, afirma. En el auto se destaca también “la importante inversión, que no tendría que hacer el Ayuntamiento”.
Uno de los aspectos importantes en un auto de medidas cautelares es la apariencia de buen derecho, es decir, que el asunto motivo del pleito tiene visos de sostenerse jurídicamente. Sin entrar en el fondo del asunto, el auto es casi un anticipo de la sentencia: el TSJA considera que el recurso presentado por el Ayuntamiento de Zaragoza a la decisión del Tacpa tiene visos de prosperar.
Y expresa diversos argumentos. El primero es que, en contra de lo que sostiene el Tacpa y Podemos, que la operación en cuestión consiste en la cesión de un derecho de superficie para un bien determinado, por lo que se trataría de una cuestión del ámbito privado: sería por tanto un contrato patrimonial, no una concesión de obras, por lo que el Tribunal de Contratos no podría actuar.
En este sentido, concluye que, como ha repetido el Ayuntamiento, “el Tacpa carece de competencia para conocer el recurso”. “Se trata de un campo que ya ni siquiera es equipamiento deportivo público, sino privado, y cuyo pase a tal condición no fue recurrido y ya es firme”, dice el auto.
Varapalo al Tacpa
El auto supone un duro varapalo para el Tacpa, que expresó dudas de que fuera un contrato patrimonial. En cualquier caso, este organismo, dependiente de la DGA, procedió a la anulación de la operación, además de instar al Ayuntamiento a publicar de nuevo los pliegos de condiciones. Considera que se ha producido “un error insoslayable”, dado que “en los casos que resulten dudosos, la competencia va inexorablemente unida al fondo”.
“Si no hay competencia, no puede pronunciarse sobre el fondo y si el fondo determina que no hay contrato administrativo susceptible de recurso ante el Tacpa, ello impide reconocer su propia competencia”, concluye. Esto significa que para poder pronunciarse sobre el asunto, el Tacpa, un órgano administrativo dependiente de la DGA, debería considerarse “de modo inequívoco” que está ante un contrato” de su competencia, algo que no hizo.
Para el TSJA, el Tacpa “debería haberse declarado incompetente por no poder determinar la concurrencia del presupuesto esencial de su propia competencia, la condición de contrato administrativo”. Recuerda que en su relación el mencionado organismo autonómico no pudo determinar el valor de las contraprestaciones, por lo que en ningún caso pudo calificar a priori el contrato como patrimonial.
Indica por otro lado que si tenía dudas podía haber requerido al Ayuntamiento que llevase a cabo la valoración. Rechaza por tanto la actuación del Tacpa, que "sin saber (...) si es competente, se declara implícitamente competente y resuelve anulando la resolución".
"Sorprendentemente e incongruentemente, tal ausencia de cálculo de valor de las construcciones no le ha impedido hacer esa función revisora y anular el acto impugnado", dice el auto sobre la actuación del Tacpa.
Totalmente de acuerdo, pensar que Rivarés es tonto y ya está es quedarse en la superficie.Rosen escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 6:40 pmEn serio crees que Rivares tiene un bajo coeficiente intelectual? a mi me parece que por motivación politica y creo que auspiciado por el PSOE tambien por el mismo motivo presentó un recurso para fastidiar al rival y como daño colateral fastidio al club, no creo que sea por estupidez ni mucho menos.javiermzn escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 12:56 pmcorrecto, vamos a sustituir lo de subnormal por lo de discapacitado intelectual, o persona de bajo coeficientelliti escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 12:11 pm
Que piel tan fina tiene la gente hoy en día... Y que poca visión de futuro al anteponer ideales (algo muy propio de Rivares y su grupo) a una inversión privada de 150 millones de Euros en nuestra ciudad con posibilidad de ser sede de mundial.Quiza llamarle subnormal no sea lo correcto pero desde luego habría que echarle de zgza a paradas en el culo por tener la mala baba de obstaculizar algo así.
Dónde está ese subforo? que no lo veo por ningún lado :S
Tienes que pedir autorización a los administradores.KiNkIbIt escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 11:23 pmDónde está ese subforo? que no lo veo por ningún lado :S
Yo no he entendido esa frase. ¿Como que la Romareda no es publico sino privado? ¿Alguien lo entiende?militosalpoder escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 10:38 amEn este sentido, concluye que, como ha repetido el Ayuntamiento, “el Tacpa carece de competencia para conocer el recurso”. “Se trata de un campo que ya ni siquiera es equipamiento deportivo público, sino privado, y cuyo pase a tal condición no fue recurrido y ya es firme”, dice el auto.
Míralo de esta manera. Cuando el RZ fue absuelto por lo del partido contra el Levante, el foro se llenó de mensajes contra Tebas, porque había sido el causante de nuestro calvario judicial. Pues ahora es normal que se cargue contra Rivarés, porque ha sido el causante de todo esto y ha puesto en serio peligro un proyecto tan importante y necesario como La Romareda. No es que se politice el foro, es que este tema tiene un origen eminentemente político.Ludwigzgz escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 9:23 am¿El subnormal de Rivarés? menos mal que en AZ hay un hilo de política para hablar de política. ¿Hay algún hilo para insultar a políticos?.
¿Cómo puede haber desaparecido "el hilo del Estadio"? ¿Dónde se podrá ahora insultar a los políticos de izquierda, esos que votan la mitad de los españoles, aragoneses y zaragozanos? Bueno, y también donde poder insultar a los votantes españoles, aragoneses y zaragozanos de los políticos de izquierda, "sus plañideras"
El TSJA se basa en la modificación del Plan General que reconoce la parcela como equipamiento deportivo privadotonetti escribió: ↑Mié Jul 26, 2023 8:10 amYo no he entendido esa frase. ¿Como que la Romareda no es publico sino privado? ¿Alguien lo entiende?militosalpoder escribió: ↑Mar Jul 25, 2023 10:38 amEn este sentido, concluye que, como ha repetido el Ayuntamiento, “el Tacpa carece de competencia para conocer el recurso”. “Se trata de un campo que ya ni siquiera es equipamiento deportivo público, sino privado, y cuyo pase a tal condición no fue recurrido y ya es firme”, dice el auto.
¿O se refiere al nuevo campo? ¿Pero como van a privatizar un campo que ni siquiera existe?